Protección de datos en la era del monitoreo visual en el transporte

Jakub Tazbir
10/11/2023

I. Introducción

En los últimos años, la industria del transporte ha sido testigo de una proliferación significativa de tecnologías de monitoreo visual, como cámaras de monitoreo, específicamente cámaras de circuito cerrado de televisión (CCTV) y cámaras de vigilancia. Si bien el monitoreo ofrece mayor seguridad, también puede interferir seriamente con la privacidad de las personas. El enfoque del monitoreo varía en muchos países y regiones, ciertamente en lugares donde se respetan los derechos y libertades fundamentales de las personas. CCTV y el uso de cámaras está rodeado de muchas restricciones.

Este artículo explora los desafíos y las implicaciones de la protección de datos en la era de la vigilancia visual en el transporte, con un enfoque en el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) y los derechos de los interesados (personas físicas identificadas o identificables). Puede leer más sobre cómo garantizar la privacidad en el monitoreo de video CCTV en nuestro sitio web en nuestro otro artículo.

II. La proliferación de tecnologías de monitoreo visual en las empresas de transporte

Las tecnologías de vigilancia están aumentando en las empresas de transporte y desempeñan un papel vital para garantizar la seguridad de los pasajeros, disuadir actividades delictivas y supervisar la eficiencia operativa. Las cámaras CCTV y los sistemas de vigilancia son actores clave en estas tecnologías, ya que ofrecen no solo captura de video sino también monitoreo y grabación en tiempo real.

Más comúnmente, el CCTV y el monitoreo por video se utilizan para:

  • Proteger la salud y la seguridad de los empleados, clientes y miembros del público.
  • Proteger la propiedad y otras infraestructuras.
  • Gestionar e investigar incidentes importantes.
  • Prevenir y detectar delitos y comportamientos antisociales, incluida también la evasión de tarifas
  • Monitorear el tráfico
  • Hacer cumplir las reglas y regulaciones de tránsito.
  • Apoyar la gestión y operación efectiva de las redes de carreteras y ferrocarriles.
  • Ejercicio o defensa de reclamaciones judiciales

Many cities and transport companies have extensive traffic-monitoring systems, using CCTV to detect traffic jams and spot accidents. CCTV cameras may also allow the driver to confirm that people are clear of doors before closing them and starting the vehicle. After the September 11 attacks, the use of video surveillance in public transportation became more common to deter future terrorist attacks. In 2017 London Underground had 13,596 station surveillance cameras. Another 2,795 cameras were deployed at stations for one person operation that covered the platform edge and provided a view of the train and platform to allow drivers to confirm the position of customers along the length of the train. There were also 7,500 cameras across the fleet of trains and 649 non station cameras. The images of millions of people are being recorded and processed every day, therefore general adoption of CCTV cameras requires a careful balancing of security and privacy concerns.

III. Cumplimiento del RGPD en el monitoreo visual: equilibrio entre seguridad y privacidad

GDPR compliance in visual monitoring is not just a legal requirement but a commitment to respect individuals' privacy rights. Balancing security and privacy requires thoughtful integration of technological safeguards and ethical practices. Incorporating privacy into visual monitoring provides an opportunity to build trust among data subjects and improve the organization's reputation as responsible data controllers. Therefore, it is worth ensuring compliance with regulations and best practices related to monitoring in transportation.


A medida que las empresas de transporte implementan el monitoreo visual para fortalecer la seguridad, se hace necesario navegar por el complejo panorama de las regulaciones de protección de datos, con el GDPR (y el GDPR del Reino Unido, que es una versión gemela del GDPR para el Reino Unido) en primera línea. El RGPD establece requisitos estrictos para el procesamiento y manejo de datos personales, incluidas las grabaciones de video capturadas por sistemas de monitoreo visual. Las empresas deben asegurarse de que sus prácticas de seguimiento visual se alineen con los principios de legalidad, equidad y transparencia descritos en el RGPD. Las empresas de transporte deben implementar políticas y prácticas sólidas que cumplan con los principios anteriores. Si se utiliza CCTV y monitoreo de video, se debe implementar un proceso para operar y administrar las grabaciones, que cumpla con el RGPD y el RGPD del Reino Unido (así como con otras leyes de protección de datos destinadas a proteger los derechos de las personas).

Quizás se pregunte por qué: es porque cada vez que se captura una grabación o una fotografía de una persona mediante monitoreo de video (que puede usarse para identificar a esa persona, directa o indirectamente), se considera información personal. Por lo tanto, si procesa dichos datos (datos personales), es decir, almacena, registra, usa, divulga y más, está sujeto al RGPD y debe cumplir con sus requisitos.

En una era en la que los avances tecnológicos están remodelando el panorama de la vigilancia y el monitoreo, el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) se erige como un marco crucial que garantiza la protección de los derechos de privacidad de las personas. Esto es especialmente importante en el ámbito del seguimiento visual, donde, por motivos de seguridad y privacidad, es importante tener en consideración algunos aspectos fundamentales:

  • Las personas deben estar informadas sobre la existencia del monitoreo y sus propósitos (es por eso que las etiquetas del monitoreo a menudo son visibles junto con enlaces donde se puede encontrar información más detallada).
  • La transparencia con respecto al propósito y el método del monitoreo por video es crucial, asegurando que los pasajeros y peatones sepan cómo se utilizarán sus datos y con qué fines.
  • Los sistemas de monitoreo visual deben implementar prácticas de minimización de datos, capturando solo la información necesaria para el propósito previsto.
  • Las grabaciones se pueden almacenar durante un período mínimo (obligatorio) y luego eliminarse de forma segura: limitación de almacenamiento
  • Garantizar que las grabaciones de vídeo estén protegidas contra el acceso no autorizado y posibles infracciones es parte integral del cumplimiento del RGPD.

El cumplimiento del RGPD en el monitoreo visual no es solo un requisito legal sino un compromiso de respetar los derechos de privacidad de las personas. Equilibrar la seguridad y la privacidad requiere una integración cuidadosa de salvaguardias tecnológicas y prácticas éticas. La incorporación de la privacidad al monitoreo visual brinda la oportunidad de generar confianza entre los interesados y mejorar la reputación de la organización como controladores de datos responsables. Por lo tanto, vale la pena velar por el cumplimiento de las normas y mejores prácticas relacionadas con el monitoreo en el transporte.

IV. Garantizar el anonimato y proteger las imágenes grabadas: desenfoque de rostros y anonimización de vídeos

Para proteger la privacidad de las personas capturadas por los sistemas de monitoreo visual, las empresas de transporte deberían considerar implementar medidas como la difuminación facial y la anonimización de videos. El desenfoque de rostros implica oscurecer o pixelar los rostros de las personas en imágenes grabadas, haciéndolos inidentificables. Las técnicas de anonimización de vídeos, por otro lado, implican eliminar o modificar información de identificación personal de las grabaciones. Estas medidas equilibran las necesidades de seguridad con los derechos de privacidad individuales.

Cara borrosa

El desenfoque facial eficaz implica el uso de algoritmos avanzados para detectar y ocultar rasgos faciales en las imágenes de seguimiento. El objetivo es hacer que las personas sean irreconocibles y al mismo tiempo permitir el análisis de incidentes y comportamientos. El proceso de desenfoque debe ser preciso y consistente, asegurando que todos los rostros identificables queden ocultos en todo el metraje.

Anonimización de vídeos

La anonimización de vídeos va más allá de la difuminación facial y cubre un espectro más amplio de técnicas para proteger la privacidad de un individuo. El seguimiento de objetos y el desenfoque son componentes integrales que permiten la anonimización dinámica de varios elementos en un metraje. Esto garantiza que no sólo se oscurezcan las caras, sino también otros atributos identificables, como las matrículas o la vestimenta característica. El proceso implica mapear y rastrear objetos o personas que se mueven en el campo de observación. Luego, los algoritmos aplican medidas de anonimización, como pixelización o sustitución, para ocultar estos elementos sin comprometer la integridad general de los datos registrados.

Al anonimizar las grabaciones de vídeo, las empresas no sólo cumplen con el RGPD (y el RGPD del Reino Unido), sino que también mitigan el riesgo de acceso no autorizado y uso indebido de datos personales.

Usando las herramientas adecuadas

La integración de tecnologías avanzadas de difuminación facial y algoritmos de anonimización de vídeo se está volviendo crucial para reforzar la confianza de las personas y al mismo tiempo cumplir con los principios de protección de datos.

La difuminación facial y la anonimización de los vídeos son elementos clave para proteger la privacidad de las personas en la vigilancia del transporte. Si bien garantizar la privacidad puede parecer complicado, ciertamente existen formas de garantizar el cumplimiento junto con un mantenimiento de supervisión eficaz.

Las entidades de transporte no sólo tienen que implementar estas medidas de anonimización, sino también mantener un enfoque transparente y responsable. Es esencial informar al público sobre el uso de la tecnología de vigilancia, los métodos utilizados para el anonimato y los propósitos de la recopilación de datos. Las personas tienen derecho a saber cómo se procesan sus datos y deben tener la seguridad de que existen medidas de seguridad para proteger su privacidad.

V. Responder a incidentes: proporcionar vídeo a la carta y compartir grabaciones manteniendo el cumplimiento del RGPD

En caso de incidente o investigación, es posible que se solicite a las empresas involucradas o responsables del monitoreo que proporcionen secuencias de video a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley u otras partes autorizadas, también personas físicas. Es fundamental garantizar que dicho intercambio de grabaciones cumpla con los requisitos del RGPD.

Acceso correcto

Las empresas deben establecer un proceso sobre cómo responder a las solicitudes, garantizando que el intercambio de grabaciones se limite a lo necesario y proporcionado al propósito. En caso de un incidente, las entidades de transporte deben mantener un delicado equilibrio entre mantener la seguridad pública, cumplir con las obligaciones regulatorias y respetar los derechos de privacidad de las personas. Al reaccionar ante incidentes, se puede solicitar el acceso a las imágenes de vigilancia según el artículo 15 del RGPD: derecho de acceso del interesado. Las entidades de transporte deben estar preparadas para facilitar dichas solicitudes de forma rápida y transparente. El artículo 15 del RGPD garantiza el derecho de acceso a la información procesada a todas las personas interesadas. Esto significa que no sólo las oficinas autorizadas, los organismos gubernamentales y los organismos encargados de hacer cumplir la ley, como la policía, pueden solicitar fotografías o grabaciones. Cualquier persona que haya sido capturada en una fotografía o video puede solicitar una copia del material donde fue capturada, sujeto a ciertas condiciones; el incumplimiento de dichas obligaciones puede resultar en multas severas (y la obligación de implementar prácticas de cumplimiento del RGPD). curso).

El artículo 15 otorga a las personas el derecho a obtener del responsable del tratamiento confirmación de si se están procesando o no datos personales que les conciernen, así como el derecho a acceder a esos datos/recibir una copia si así fuera. En el contexto del seguimiento del transporte, esto incluye compartir grabaciones en las que se puedan identificar personas. Las solicitudes de acceso deben procesarse con prontitud (en un mes) y el video proporcionado debe redactarse para excluir cualquier información no relacionada con el solicitante; esto significa que dicha grabación no puede violar los derechos de privacidad de otros. Para lograrlo, puede ser necesario utilizar técnicas avanzadas de anonimización, como la difuminación de rostros y la anonimización de vídeos, todas ellas esenciales para proteger las identidades de personas no relacionadas.

La monitorización de la tecnología en el transporte requiere un enfoque proactivo para el cumplimiento del RGPD, con especial atención en la respuesta a incidentes y la prestación de vídeo bajo demanda.

Componentes del proceso de acceso a datos relacionados con CCTV y monitoreo de video:

  • Presentación de solicitudes: los interesados pueden presentar solicitudes de acceso por escrito, por correo electrónico o a través de un portal en línea designado, proporcionando los detalles suficientes necesarios para la identificación.
  • Verificación: la entidad de transporte verifica la identidad del solicitante para evitar el acceso no autorizado a sus datos personales.
  • Procesamiento: una vez verificada, la solicitud se procesa rápidamente y se encuentra y descarga el material de video relevante.
  • Edición: antes de la divulgación, la información no relevante se edita para proteger la privacidad de las personas no afectadas.
  • Divulgación: el material de vídeo procesado, junto con un resumen de las medidas editoriales, se transmite al interesado de forma segura.
  • Responsabilidad: - la solicitud se registra y se anota (para poder probar que tal evento y divulgación tuvo lugar)

Cabe destacar que si se decide utilizar la videovigilancia, al crear e instalar el sistema se debe considerar simultáneamente el proceso adecuado de compartir las grabaciones y el cumplimiento de la ley.

VI. Conclusión:

A medida que las tecnologías de monitoreo visual continúan extendiéndose en la industria del transporte, es esencial que las empresas den prioridad a la protección de datos y la privacidad. Al cumplir con el RGPD, implementar medidas como el desenfoque facial y la anonimización de videos, y establecer un proceso sólido para compartir grabaciones de video y las empresas de transporte de imágenes pueden lograr un equilibrio entre las preocupaciones de seguridad y privacidad. La preparación adecuada de las grabaciones requiere un software preciso y especializado que permita tanto difuminar los rostros como anonimizar los datos.

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