Cámaras de video en escuelas y entornos educativos: respuesta a solicitudes de secuencias de video según la ley de privacidad
Cámaras de video en escuelas y entornos educativos: respuesta a solicitudes de secuencias de video según la ley de privacidad
Bajo leyes de privacidad y protección de datos, las personas pueden solicitar acceso a videos capturados por CCTV y cámaras de vigilancia.. Esta puede ser un área legal difícil para las escuelas, que deben responder de una manera que cumpla con la ley, respete los derechos de los padres y protege la privacidad de los estudiantes.
Este artículo explora algunas de las preguntas más comunes de las escuelas sobre compartir imágenes de monitoreo de video con los padres. vamos a mirar lo que dice la ley en la UE, el Reino Unido y los EE.UU., incluso si tiene que usar software para difuminar caras en videos antes de compartirlos con los padres.
Grabaciones de CCTV y derecho de acceso según el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR)
El Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) se aplica en todo el Espacio Económico Europeo (EEE), que cubre Los 27 estados miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein y Noruega.. El Reino Unido También tiene una versión del GDPR que es casi idéntica a la original.
El GDPR es la ley más relevante para las instituciones educativas cuando se trata de Solicitudes de acceso a CCTV.
Las escuelas y otros organismos públicos también tienen obligaciones en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), la legislación sobre libertad de información y las leyes nacionales de educación, pero nos centraremos en el RGPD.
¿Las grabaciones de CCTV están cubiertas por t?¿El “derecho de acceso” del RGPD?
Sí, Las grabaciones de CCTV están cubiertas por el derecho de acceso del RGPD si contienen datos personales.
Estos son los principios básicos sobre el derecho de acceso y videovigilancia en las escuelas y otras instituciones educativas:
- Con algunas excepciones limitadas, el RGPD exige que los responsables del tratamiento de datos (incluidas las instituciones educativas) dar a las personas acceso a una copia de sus datos personales bajo pedido.
- A este proceso a veces se le llama Solicitud de acceso del interesado (DSAR), y está cubierto por el artículo 15 del RGPD.
- “Datos personales” significa información relativa a un individuo identificable. Los datos personales incluyen un vídeo en el que aparecen escolares u otras personas, si se puede saber quién aparece en el vídeo.
- Un responsable del tratamiento puede rechazar una solicitud que sea “manifiestamente infundado o excesivo.” Esta excepción establece un listón alto y rara vez se aplica a una solicitud de una pieza específica de metraje de CCTV.
- Los controladores deben responder a un DSAR En un mes de recibir una solicitud. En determinadas condiciones, el responsable del tratamiento puede ampliar este plazo otros dos meses.
- Al proporcionarle a alguien una copia del vídeo de una cámara de seguridad, no debe infringir los derechos de otras personas. Esto significa que generalmente deberías Evite proporcionar videos que representen a otras personas..
- Para evitar violar el RGPD, las escuelas y universidades pueden difuminar los rostros de cualquier persona que no sea objeto de una solicitud de acceso antes de proporcionar acceso al vídeo.
¿Pueden los padres solicitar imágenes de CCTV de su hijo?
Generalmente, Los padres pueden realizar solicitudes de acceso en nombre de sus hijos.. Sin embargo, se trata de un área compleja que no está cubierta directamente por el RGPD y, a menudo, se aborda en las leyes o normativas nacionales de protección de datos.
Por lo general, los responsables del tratamiento solo deben dar a los padres acceso a los datos personales de sus hijos si hacerlo redunda en el interés superior del niño. Pero las escuelas deben consultar las leyes locales y las directrices reglamentarias para asegurarse de que lo hacen bien (veremos cómo maneja esto el Reino Unido a continuación).
¿Qué sucede si las imágenes de CCTV incluyen a más de un niño?
El artículo 15(4) del RGPD dice que no debe "afectar negativamente los derechos y libertades de otros" al responder a un DSAR.
“Afectar negativamente los derechos de otros” puede incluir revelar datos personales sobre personas distintas de la persona que realiza la solicitud (el “titular de los datos”).
Esta regla es particularmente importante en las escuelas, ya que el GDPR enfatiza que "Los niños merecen una protección específica con respecto a sus datos personales..”
Entonces, ¿qué deberías hacer si Un padre o estudiante solicita un video en el que aparecen otros niños. u otros identificadores en general? Por ejemplo, imágenes de un pasillo de una escuela que muestran los rostros de otros estudiantes o un video de un estacionamiento de una universidad que revela las matrículas de otras personas.
Cómo pueden las escuelas responder a una solicitud de secuencias de vídeo conforme al RGPD
Para evitar violar el RGPD al responder a solicitudes de secuencias de video, los controladores pueden Utilice software de anonimización para difuminar imágenes de otras personas.
Este enfoque está respaldado en algunos orientación oficial desde el Consejo Europeo de Protección de Datos (EDPB), que representa a todos los reguladores de protección de datos del EEE.
El CEPD dice que para evitar violar los derechos de las personas, un controlador generalmente debería no proporcionar secuencias de vídeo que incluyan a otros interesados en respuesta a un DSAR.
Sin embargo, el CEPD dice que esto no es “una excusa” para rechazar una solicitud válida. En lugar de ello, el responsable del tratamiento debería utilizar “medidas técnicas” para eliminar los datos personales de otras personas del vídeo.
Aquí hay una cita de las directrices del CEPD sobre grabación de vídeo:
“…en algunos casos, el responsable del tratamiento no debería entregar secuencias de vídeo donde se pueden identificar otros interesados. La protección de los derechos de terceros. Sin embargo, no debe usarse como excusa. Para evitar reclamaciones legítimas de acceso por parte de individuos, el responsable del tratamiento debe, en esos casos, implementar medidas técnicas para cumplir con la solicitud de acceso (por ejemplo, edición de imágenes como enmascaramiento o codificación)...”
Las medidas técnicas para proteger los derechos de otras personas pueden incluir desenfocar el metraje de vídeo utilizando software de anonimización.
El CEPD se refiere a este método de desenfoque en un ejemplo hipotético de un DSAR que involucra imágenes de CCTV:
“Si se pueden identificar otros interesados… El material debe ser anónimo (por ejemplo, difuminándolo). la copia o partes de la misma) antes de entregar la copia al interesado que presentó la solicitud.
El CEPD afirma que Difuminar los identificadores en un video borra efectivamente los datos personales.:
En el caso de la videovigilancia, cabe señalar que, por ejemplo, al desenfocar la imagen sin retroactividad
capacidad de recuperar los datos personales que la imagen contenía anteriormente, los datos personales son
se considerará borrado de acuerdo con el RGPD.
El RGPD no cubre datos anónimos, por lo que una vez que los rostros de otras personas (y otros identificadores, como las matrículas) se han difuminado en un vídeo, es seguro compartir (al menos en lo que respecta a la ley de protección de datos).
Las escuelas pueden cumplir las recomendaciones del CEPD utilizando software de edición de vídeo para difuminar caras antes de proporcionar acceso al vídeo como parte de un DSAR.
Escuelas y acceso a secuencias de vídeo según el RGPD del Reino Unido
La versión británica del RGPD, la RGPD del Reino Unido, es sustancialmente la misma que la versión original de la UE. La Ley de Protección de Datos de 2018 (DPA 2018) complementa el RGPD del Reino Unido y relaciona parte del mismo con otras leyes del Reino Unido.
La ley del Reino Unido proporciona dos vías para que los padres accedan a los datos personales de sus hijos:
- Un DSAR según el RGPD del Reino Unido
- Una solicitud de acceso al registro educativo de un estudiante según las regulaciones educativas
Es casi seguro que el RGPD del Reino Unido es el proceso más relevante para Solicitar imágenes de monitoreo de video grabadas por una escuela..
El Oficina del Comisionado de Información (ICO) guía sobre CCTV y videovigilancia explica cómo los controladores deben manejar los DSAR cuando las imágenes de vídeo muestran a otras personas.
La ICO dice que las organizaciones deberían poder redactar secuencias de vídeo, incluidas “difuminándolo (o) enmascarándolo”., donde sea necesario.
Debe asegurarse de que sus sistemas tengan la capacidad de redactar imágenes si es necesario difuminar u oscurecer a terceros... Las técnicas disponibles incluyen difuminar, enmascarar o usar un relleno sólido para oscurecer completamente partes de las imágenes”.
Como tal, las reglas son efectivamente las mismas en el Reino Unido que en los países del EEE. El RGPD del Reino Unido proporciona el mismo proceso DSAR e impone las mismas obligaciones a las escuelas y otros controladores para proteger datos personales de terceros en respuesta a un DSAR.
Estados Unidos: Ley de Privacidad y Derechos Educativos de la Familia (FERPA)
El Ley de Privacidad y Derechos Educativos de la Familia (FERPA) es una ley federal de EE. UU. que permite a los padres y estudiantes elegibles acceder a registros educativos (entre otras disposiciones).
Así es como se relacionan las reglas sobre el acceso a registros educativos según FERPA cámaras de video vigilancia en escuelas, universidades y otras instituciones educativas en todo Estados Unidos.
¿Puede la grabación de una cámara de seguridad ser un “registro educativo” según FERPA?
Según FERPA, cualquier información que sea “directamente relacionado con un estudiante” y mantenido por una institución educativa (o un tercero que actúe en su nombre) cuenta como un "expediente educativo".
Los registros educativos pueden incluir videos de cámaras de seguridad., lo que significa que los padres a menudo tienen derecho a exigir grabaciones de sus hijos.
Que un vídeo esté “directamente relacionado con un estudiante” (y, por tanto, un registro educativo) depende del contexto. El Departamento de Educación de EE.UU. dice Los videos probablemente sean registros educativos de FERPA. si ellos, por ejemplo:
- Centrarse en un estudiante específico
- Muestra a un estudiante infringiendo la ley.
- Mostrar a un estudiante siendo atacado, victimizado o teniendo un incidente de salud.
- De lo contrario, contener información de identificación personal (PII) contenida en un registro educativo.
A Vídeo utilizado con fines disciplinarios. Por lo general, formará parte de un registro educativo y podría ser el registro educativo tanto del autor como de la víctima del incidente, dependiendo de quién aparezca en el vídeo.
Por lo general, las escuelas no están obligadas a distribuir copias de videos a los padres, pero Los padres tienen derecho a inspeccionar o revisar los videos. que forman parte del expediente educativo de su hijo. Una escuela puede compartir de forma segura una copia del video o invitar a los padres a verlo en persona.
Grabaciones de video con varios estudiantes bajo FERPA
Si una grabación de video presenta a varios estudiantes, podría constituir registros educativos de varios estudiantes. Los distritos escolares y otras entidades cubiertas por FERPA deben evitar revelar el expediente educativo de un estudiante a otro estudiante o a los padres de otro estudiante.
Según el Departamento de Educación, FERPA significa que una institución educativa debe redactar el vídeo si puede hacerlo razonablemente:
“Si la agencia o institución educativa puede Redactar o separar razonablemente las partes del video directamente relacionadas con otros estudiantes., sin destruir el significado del registro, entonces la agencia o institución educativa sería requerido hacerlo antes de proporcionar acceso al padre o al estudiante elegible.”
Entonces, si es “razonable” redactar un video para proteger los derechos de otros estudiantes bajo FERPA, una escuela debe hacerlo antes de mostrar el video a los padres. Si la institución educativa no puede redactar razonablemente el video sin destruirlo, los padres aún tienen derecho a ver el video sin editar.
¿Es “redactar o segregar” un video “razonable” según FERPA?
En el pasado, los procesos de redacción manual de videos eran costosos y requerían mucho tiempo, y la redacción de imágenes de CCTV podría no haberse considerado “razonable” según FERPA.
Esto surgió en la correspondencia de 2017 entre el Departamento de Educación y un escuela de pensilvania sobre una solicitud para ver un video que involucra a varios estudiantes. La escuela argumentó que carecía de los recursos necesarios para difuminar los rostros de otros estudiantes en un vídeo solicitado por los padres.
Sin embargo, el software de anonimización ha avanzado significativamente desde esa correspondencia de 2017. Las escuelas pueden acceder a aplicaciones para desenfocar rostros automáticamente en videos de manera mucho más eficiente y a un costo mucho menor.
Ahora que las escuelas tienen acceso a una manera fácil de difuminar rostros en videos, es cada vez más probable que censurar videos difuminando los rostros de otros estudiantes sea visto como una forma de hacerlo. “razonable” y por lo tanto requerido bajo FERPA.
Estados Unidos: leyes estatales
Como ley federal, FERPA se aplica a los distritos escolares e instituciones educativas de todo Estados Unidos. Los estados no pueden limitar los derechos de los padres o estudiantes proporcionados por FERPA.
Sin embargo, algunos estados han introducido leyes Requerir cámaras de video en las aulas que brindan servicios de educación especial.. Estas leyes tienen como objetivo abordar el posible abuso de niños con necesidades educativas especiales.
Estas leyes se han promulgado en los siguientes estados:
- Alabama: SB 56, que aprobado en 2023
- Florida, condado de Broward: Un programa piloto en este sentido carreras de julio de 2021 a junio de 2024
- Virginia del Oeste: Sección 18-20-11 del Código de Virginia Occidental, promulgada en 2019.
Según cada una de estas leyes, los distritos escolares debe proporcionar acceso a las grabaciones de vídeo a empleados, padres y otras partes involucradas en investigaciones sobre acusaciones de abuso y otras conductas inapropiadas.
Fundamentalmente, cada una de estas leyes exige que los distritos escolares tomen “las precauciones necesarias para ocultar la identidad de cualquier estudiante que aparezca en una grabación de video o audio y que no esté personalmente involucrado”, incluyendo “desdibujando el rostro de cualquier estudiante no involucrado."
Estas leyes proporcionan una regla similar a la de FERPA, pero son más explícitas: al responder a solicitudes de imágenes de cámaras de vigilancia según estas nuevas leyes, las escuelas deben ocultar la identidad de los estudiantes no involucrados, incluso difuminando sus rostros.
Cómo deben responder las escuelas a las solicitudes de acceso a imágenes de cámaras de vigilancia y CCTV
Si bien el RGPD y la FERPA son leyes muy diferentes, proporcionan algunos principios generales similares para las instituciones educativas a la hora de proporcionar grabaciones de cámaras de vigilancia:
- Las escuelas y otras instituciones educativas generalmente deben respetar las solicitudes de los padres de acceder a imágenes de CCTV relacionadas con sus hijos. Los estudiantes también pueden ser elegibles para realizar dicha solicitud.
- Las escuelas deben considerar todas las leyes pertinentes al responder a una solicitud. Esto incluye regulaciones educativas, así como leyes de protección de datos o privacidad.
- Las imágenes de video proporcionadas a un padre o estudiante generalmente no deben mostrar a otros estudiantes identificables.
- Siempre que sea posible, las escuelas y otras instituciones educativas deben utilizar software de anonimización para difuminar los rostros de las personas que no son el tema de la solicitud.
La instalación de cámaras de seguridad en una escuela requiere una consideración extremadamente cuidadosa. Hemos visto cómo manejar las solicitudes de acceso a las imágenes de la cámara, pero recuerde que La ley de protección de datos y privacidad se aplica a todo el proceso..
Si las personas solicitan acceso a grabaciones que las representan, las escuelas necesitan una forma de garantizar que los videoclips no violen la privacidad de otras personas. Ahora que hay una forma sencilla de difuminar caras en vídeos, no hay razón para descuidar este paso crucial.